AUSENTISMO Y LICENCIAS

INTRODUCCIÓN
El presente manual reúne, en un solo documento, los procedimientos administrativos que el personal docente del Instituto 9-026 «Patria Grande» debe seguir ante las situaciones más frecuentes vinculadas a licencias, siniestros laborales (ART) y solicitud de certificados de servicios.
Para toda gestión que involucre a la Secretaría del Instituto, además de los canales oficiales de la Dirección General de Escuelas (DGE) y de OSEP, el agente deberá notificar o remitir la documentación correspondiente al correo institucional de Personal:

Vía institucional de solicitud: personalies9.026@gmail.com

Este canal permite a la Secretaría llevar un registro interno de cada licencia, siniestro o trámite iniciado por el personal, independientemente de la carga que corresponda realizar en las plataformas provinciales (OSEP, Mendoza x Mí, Provincia ART, etc.).

PROCEDIMIENTO GENERAL DE SOLICITUDES
Como norma general para todos los trámites descriptos en este manual, el agente deberá:

  • Avisar a la institución (Secretaría) durante las primeras horas de la jornada laboral cuando la situación implique una inasistencia.
  • Enviar la solicitud, aviso o documentación respaldatoria al correo institucional personalies9.026@gmail.com, indicando nombre completo, DNI, cargo/función y motivo del trámite.
  • Realizar, cuando corresponda, la carga o gestión en la plataforma provincial específica (OSEP, Mendoza x Mí, Provincia ART, Ventanilla Única, etc.).
  • Conservar la constancia o número de trámite/siniestro que se genere en cada plataforma.

TRÁMITES POR VENTANILLA ÚNICA
La gran mayoría de los trámites de gestión administrativa ante la DGE se realizan por Ventanilla Única. Existen tres formas de gestionarlos:
3.1 De forma presencial: En Casa de Gobierno, Ala Oeste, Planta Baja.
3.2 De forma virtual, por la web «Ventanilla Única»: Mediante el sistema de tickets, se puede completar el formulario online sin necesidad de asistir de forma presencial. Este sistema se encuentra habilitado en días hábiles, de 8 a 18 h, ingresando al siguiente enlace:

VENTANILLA ÚNICA – SOLICITUD DE TRÁMITE

3.3 De forma virtual, por la aplicación 148: La aplicación puede descargarse desde Google Play. Es importante tener en cuenta que, en caso de necesitar adjuntar documentación, la app solo admite hasta 3 fotografías y no permite adjuntar archivos en formato PDF. Por ese motivo, se recomienda utilizar preferentemente el formulario online detallado en el punto 3.2, ya que no requiere instalar ninguna aplicación y permite adjuntar archivos sin las limitaciones de la app 148.
3.4 Otros trámites
También hay trámites disponibles a través de la plataforma Mendoza x Mí (https://mxm.mendoza.gov.ar/).

Vía institucional de solicitud: Para conocer con precisión los contactos de cada oficina, consultar el Directorio Telefónico DGE (Sección 10 de este manual). Ante cualquier duda sobre a qué área dirigir un trámite, escribir a personalies9.026@gmail.com.

LICENCIAS POR ENFERMEDAD Y CUIDADO DE FAMILIAR ENFERMO
4.1 Procedimiento general
Cuando un agente se ausente por enfermedad propia o por cuidado de un familiar enfermo, debe avisar a la institución durante las primeras horas de la jornada laboral. Además del aviso, deberá registrar el ausentismo con las probanzas correspondientes en la plataforma de OSEP.

Vía institucional de solicitud: El agente debe además enviar copia del aviso y, una vez emitido, del certificado médico a personalies9.026@gmail.com para el registro interno de la Secretaría.

4.2 Requisitos del certificado médico
Enfermedad (Art. 40): certificado con membrete, extendido por un médico, con diagnóstico consignado y días de reposo indicados. Deben constar los datos del agente, fecha y hora de atención, con firma y sello del profesional.
Cuidado de familiar enfermo (Art. 50/7): el certificado médico debe indicar además los días de reposo, diagnóstico, nombre del enfermo y parentesco. El conteo de los días utilizados es responsabilidad del agente. Este artículo abarca a los parientes consanguíneos y afines hasta el segundo grado, cónyuge o pareja conviviente.

4.3 Procedimiento para registrar el ausentismo

  • Cargar el ausentismo en la plataforma de OSEP con el usuario del agente.
  • Si el agente no posee cuenta, deberá registrarse; si es agente nuevo, deberá tramitar previamente el alta en OSEP.
  • Enfermedad mayor a 10 días: además de informar la inasistencia en la plataforma de OSEP, se debe solicitar turno en Junta Médica a través del canal de contacto de OSEP habilitado a tal fin.
  • Cuidado de familiar enfermo: son 10 días hábiles por año; una vez agotados, se debe tramitar la extensión ante la coordinación de Salud Laboral, o encuadrarse en razones humanitarias, escribiendo a dge-juntamedica@mendoza.edu.ar
  • Dejamos video sobre procedimiento para cagar ausentismo en la plataforma de OSEP

VIDEO para cargar ausentismo

4.4 Constancia y seguimiento de la licencia
Al cargar el ausentismo en el sistema de OSEP se genera un número de control con los datos informados. Durante el transcurso de la licencia, un médico auditor visita al agente en el domicilio declarado. Una vez ratificada la licencia, puede descargarse desde la plataforma el archivo PDF de la licencia aceptada, para presentarlo en la institución.
Si finalizado el período de licencia el auditor nunca visitó al agente, se debe verificar el estado de la licencia en el sistema Mi OSEP: mientras no figure la leyenda «No aceptado», la licencia se considera válida. Si figura «No aceptado», corresponde presentar el descargo correspondiente.

4.5 Descargo por visita no concretada del auditor
Si el médico auditor concurrió al domicilio y no encontró al agente, este deberá presentar el descargo correspondiente, indicando las razones de la ausencia y acompañando documentación respaldatoria, para que se evalúe la justificación o no de la inasistencia. El descargo se realiza en forma online desde la plataforma Mendoza x Mí, con usuario y contraseña del agente.

CUADRO GENERAL DE LICENCIAS MÁS UTILIZADAS (LEY 5811)
A continuación se detallan las licencias de uso más frecuente, su duración y el lugar donde se gestionan. En el caso de agentes reemplazantes, cabe recordar que solo perciben el pago de haberes durante la licencia los suplentes en cargos y horas vacantes, o quienes reemplazan a un titular en licencia por los artículos 61, 62, 52 o 53. Respecto de otros ítems específicos (aula, arraigo/dedicación, especialización, etc.) debe consultarse la reglamentación vigente.